A. Los profesionales de la clínica MASAM están especializados en las distintas áreas del tratamiento clínico de los problemas mentales:
1.- Trastornos de Ansiedad
- Fobias Específicas
- Fobia Social
- Trastorno por Estrés Postraumático
- Trastorno de Pánico con o sin Agorafobia
- Trastorno Obsesivo-Compulsivo
- Trastorno de Ansiedad Generalizada
2.- Trastornos Afectivos
- Trastornos Depresivos
- Trastorno Bipolar, tipo I y II
3.- Trastornos de la Conducta Alimentaria
- Anorexia Nerviosa
- Bulimia Nerviosa
4.- Trastornos del Sueño
5.- Delirium, Demencia, Trastornos de la Memoria y Trastornos Cognoscitivos
6.- Trastornos psicóticos/Esquizofrenia u otras Psicosis
7.- Trastornos del Control de los Impulsos
- Cleptomanía
- Piromanía
- Juego Patológico
8.- Trastornos Sexuales y de la Identidad Sexual
9.- Trastornos de Personalidad
- TLP
- T.P. Esquizoide
- T.P. Narcisista
- T.P. Paranoide
- T.P. Dependiente
- T.P. Anancástica
- T.P. Histriónica
- T.P. Evitativa
10.- Trastornos de Inicio en la Infancia, la Niñez o la Adolescencia
- Trastornos del Aprendizaje
- Trastorno de las Habilidades Motoras
- Trastornos de Comunicación
- Trastornos por Déficit de Atención y Comportamiento Perturbador
- Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad
- Trastorno Disocial
- Trastorno de Tics.
- Tartamudez.
- Trastornos de la Eliminación: Encopresis y Enuresis
- Trastorno de Ansiedad por Separación
B. En la actualidad disponemos de varias opciones que suponen una ayuda en la cobertura económica de los tratamientos.
PRESTACIÓN DEL SEGURO ESCOLAR
Facilitamos información para que puedan tramitar esta prestación en pacientes a partir de 3º ESO hasta los 28 años.
Emitimos facturas acordes a la cobertura máxima concedida, para las terapias ambulatorias.
Los criterios de concesión y la documentación a presentar se pueden consultar en la web de la Seguridad Social.
SEGUROS PRIVADOS
Facturación para pólizas de reembolso (el paciente abona directamente el importe de la consulta de psicoterapia, presentando después la factura del servicio a la compañía aseguradora que abonará el importe, según lo que establezca la póliza).